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ESCRITURACION

Contamos con el servicio para el tramite de escrituración el cuál consiste en entregar al Notario todo los documentos necesario para se adapte exactamente a las necesidades de las partes involucradas, gestionar la documentación necesaria para darle fundamento legal a su escritura, identificar a cada una de las partes y verificar que tengan la capacidad mental y legal suficiente para celebrar el acto. 

Para llevar a cabo la escrituración de un inmueble se requiere la siguiente documentación en original: 

1. El o las escrituras de propiedad del inmueble, es común que al momento de adquirir por parte del vendedor el inmueble era identificado con lote y manzana y actualmente tiene número oficial, o bien fue cambiado el número de lote y manzana o el nombre de la calle, etc. Por lo que es necesario aclarar esa situación al momento de presentarse con el Notario y llevar la documentación que acredite los cambios sufridos (alineamiento y número oficial, licencia de construcción, o constancias catastrales expedidas por la Tesorería del D.F.) 

2. Acta de matrimonio del vendedor, tome en cuenta que si está casado en sociedad conyugal (mancomunidad de bienes, y el inmueble fue adquirido durante el matrimonio, deberá firmar también su cónyuge la escritura de venta. 

3. Boletas de predial y agua pagadas de 5 años atrás, los créditos fiscales tienen una vigencia de 5 años al término de los cuales prescriben (ya no se pueden cobrar), siempre y cuando no hayan sido requeridos los pagos de dichos créditos por la autoridad catastral. 

4. Recibos de Luz, gas, teléfono, cuentas bancarias o estados de cuenta de casas comerciales (una de ellas, la que esté a nombre del vendedor) de 6 meses atrás, en este punto he de aclarar que por tratarse de entes particulares el Notario no puede obtener constancias de no adeudo en los rubros de luz, gas o teléfono, por lo que el comprador debe asegurarse de que el vendedor se encuentra al corriente en estos puntos, así mismo, también debe asegurarse que se encuentre al corriente en sus cuotas de mantenimiento y administración si se trata de un departamento o casa en condominio. 

5. Copias de identificaciones de vendedores y compradores; y 

6. Un anticipo a cuenta de su escritura, que normalmente son $5,000.00, salvo que el inmueble sea muy grande. 

Se solicitará la documentación correspondiente para acreditar que el inmueble está libre de gravámenes, a nombre del vendedor y sin adeudos por concepto de predial y agua. Al solicitar el certificado de gravámenes, se solicita también que el Registro Público tome nota del nombre de la persona que está tramitando la compra del inmueble ante su fe (se llama legalmente “anotación preventiva”) dicha anotación se asienta en el folio real del inmueble (Folio Real es el documento donde físicamente se encuentra asentada toda la historia del inmueble, quiénes han sido sus dueños, cuántos gravámenes, cuáles han sido cancelados, etc. Se llama folio porque es eso, un folio, una hoja, y es real porque se trata de un bien inmueble)


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